Conoce las medidas de lucha contra el fraude que aplicará el Cabildo en la ejecución de los fondos Next Generation EU
El artículo 6 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por el que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) establece que con la finalidad de dar cumplimiento a las obligaciones que el artículo 22 del Reglamento (UE) 241/2021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, toda entidad que participe en su ejecución deberá disponer de un "Plan de medidas antifraude" que le permita garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de actuación, los fondos correspondientes se han utilizado de conformidad con las normas aplicables; en particular, en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.
Esta Orden establece tres actuaciones obligatorias dentro de estos planes: la evaluación del riesgo de fraude, la cumplimentación de la "Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses" (DACI) y la disponibilidad de un procedimiento para abordar la existencia de tal conflicto.
El Plan de medidas antifraude será de aplicación al Cabildo Insular de La Palma y a las entidades que integran el sector público en virtud de los acuerdos o decisiones que deben adoptar sus órganos competentes para la ejecución de determinadas acciones vinculadas con los fondos Next Generation EU.
El "Plan de medidas antifraude" fue aprobado inicialmente en sesión ordinaria del Consejo de Gobierno Insular del 2 de septiembre de 2022

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